
A lo largo de los meses anteriores, hemos visto en toda la ciudad —me atrevo incluso a decir que en el estado— una serie de actividades de “divulgación” e “información” de funcionarios públicos que tienen la clara intención de presentarles como elementos viables para los próximos procesos electorales de 2027.
Para nadie queda duda de que estas actividades funcionan, en la práctica, como una suerte de campaña anticipada, precampaña o incluso, tal vez, de lo que en términos de marketing podría ser llamado de “construcción de marca”.
Las y los funcionarios que lo realizan saben perfectamente que la memoria política del electorado suele ser corta y, especialmente, que quien realiza un trabajo bien hecho es, en realidad, pocas veces visto, pues la falta de noticias es, en este caso como en todos, siempre una noticia de que está todo funcionando bien. Y por ello, asumen, necesitan dar publicidad a cualquier logro que tengan. No importa lo mediocre, mínimo o incluso irrelevante que este sea.
Durante mucho tiempo, los partidos de oposición —especialmente aquellos que podrían ser considerados de izquierda— se quejaron de que una posición en el gobierno, en combinación con la posibilidad ilimitada de presentar las actividades propias no como resultado del trabajo que ha sido ya “pagado” y que responde a la elección previa, sino como promesa de que en el futuro inmediato lo harán mejor, generaba una competencia desleal que otorgaba a esos funcionarios una ventaja totalmente injusta.
Esta razón fue, en gran parte —aunque no exclusiva, pues la experiencia enseñó que, sin frenos externos, estos funcionarios utilizarían su posición para obtener una visibilidad cada día mayor, lo que generaría desigualdades en el proceso—, lo que causó una limitación temporal en las campañas.
La legislación ha llegado incluso a sancionar de tal manera esta acción que realizar una campaña fuera del periodo para ello marcado puede significar incluso la exclusión del proceso o, en algunos casos extremos, la reposición de una elección.
A pesar de ello, las reglas, tal y como existen, generaron condiciones muy concretas sobre lo que podría entenderse como “campaña” y, más aún, como “precampaña”.
El derecho sancionador de todo tipo —el electoral, administrativo, el penal especialmente— tiene reglas muy concretas para su funcionamiento y una de ellas, especialmente importante, es conocida como “principio de taxatividad”.
Según este principio, las únicas actividades jurídicamente prohibidas son aquellas que están explícita y detalladamente descritas en la norma. Por lo que, para aplicar las sanciones antes mencionadas, las o los funcionarios deberían encontrarse específicamente descritos en la norma.
Esto ha provocado, por un lado, un ejercicio gigantesco de imaginación mercadotécnica, que busca obtener las ventajas de la actividad del funcionario, al tiempo que busca sobrepasar las limitaciones legales establecidas.
Por otro, una serie de lugares comunes que suenan, para cualquiera que lo vea, más como una burla a las y los ciudadanos que un estado de derecho verdadero en términos electorales.
Mencionar el nombre o publicitar la imagen del funcionario tan solo en ciertas ventanas temporales —como, por ejemplo, en los informes de gobierno—; nunca aceptar públicamente la búsqueda de otro puesto hasta que los procesos internos de selección de los partidos sean abiertos; vigilar el uso de diferenciadores institucionales respecto al gobierno/función y el partido/candidato, se vuelven una suerte de metáforas, dichos a medias y mensajes escondidos que todos reconocemos, pero que se construyen, supuestamente, para respetar la ley.
De la misma forma, el uso de actores privados para realizar actividades que se encuentran prohibidas, el uso de medios de comunicación no explícitamente regulados o de canales que pueden tener diferencias mínimas con lo que la ley dice, ayudan a que esos discursos ocultos sean claramente interpretables incluso para quienes no se encuentran vinculados.
El apoyo de ciertos medios de comunicación, de actores políticos específicos que no están regulados de la misma manera —como los influencers— o que no pueden ser sancionados electoralmente —aunque sí lo sean civil, administrativa e incluso penalmente— son formas que dificultan que estos procesos de selección interna sean exitosos bajo sus propias reglas.
Incluso, como puede verse, por ejemplo, en las quejas de Lula da Silva en la segunda vuelta de las presentes elecciones presidenciales del Brasil, dificultan enormemente la actividad sancionadora del Estado a niveles máximos.
La propuesta de regulación electoral muestra así, una vez más, lo que se conoce como ineficacia por rigidez. Reglas muy fuertes, estructuradas de una manera punitiva, que parten de elementos complejos y no controlables, tienden a no tener posibilidades reales de regular en el sentido en que lo intentan.
Y por ello, considero, el mecanismo debería ser diferente: establecer una obligación de todo funcionario que desee participar en un proceso electoral inmediato al que se presenta, de hacer pública su intención.
Saber así quién utiliza el puesto como trampolín y quién busca construir algo en el que se presenta. Regular adecuadamente las actividades de cada funcionario que así lo indique y establecer una fiscalización profunda.
Permitir, finalmente, que los medios de comunicación y la ciudadanía sepan sin duda alguna que esa persona se presenta a una elección porque quiere el siguiente puesto —y no, por ejemplo, su reelección— ayudaría a algunos votantes a decidir entre diversas opciones.
Todos estos mecanismos, sin embargo, deberían ir contracorriente del paradigma dominante en este momento. Ahora, se busca una superregulación punitiva de acciones concretas encaminadas a una construcción nebulosa sobre el trabajo pasado y las promesas para el futuro.
En el caso de que se aceptara lo que he dicho, considero —y no estoy solo— que las elecciones podrían darle a la ciudadanía una mejor forma de elegir por quién votar en los próximos procesos.

